El documento de instrucciones previas

Por Concha Párraga, Marisa Gascón, Patricia Carlavilla y Rosario Rojo, enfermeras y administrativa de los CS Campo de la Paloma y Ángela Uriarte, y del Servicio Móvil Madrid Positivo

En España afortunadamente se ha producido un reconocimiento progresivo de los derechos de los pacientes y de su autonomía. Gracias a la Ley estatal 41/2002, se poder plasmar en un documento las instrucciones previas a los últimos momentos de nuestra vida, ya que el texto regula la autonomía y los derechos del paciente y las obligaciones en materia de información y documentación clínica.

El documento de instrucciones previas (así se llama en nuestra comunidad autónoma, pero tiene diferentes denominaciones en otras comunidades) es un escrito en el que la persona manifiesta anticipadamente su voluntad sobre el cuidado y tratamiento de su salud o el destino de su cuerpo, para que esa voluntad se cumpla en el momento en que llegue la situación y no sea capaz de expresarlo personalmente.

No es un documento obligatorio. La inmensa mayoría de las personas ni siquiera saben que existe, pero conocerlo puede que te facilite o facilite a tus seres queridos esos últimos momentos de nuestra vida.

Como familiar cercano qué hay mejor que hacer aquello que sabemos que le gustaría que se hiciera a la persona que queremos, pero que en estos momentos duros de su vida no puede expresar.

Para firmar un documento de instrucciones previas debemos hacer una profunda reflexión de qué, cómo, dónde y hasta cuándo. No es un documento que debamos hacer a la ligera, y probablemente es algo que, aunque es íntimo, deberíamos hablar con nuestros seres queridos más próximos para que sepan que es lo que deseamos por nosotros mismos, con nuestra propia voz.

Cada persona tiene sus propios valores y creencias y es en ese marco en el que cada uno debe hacer la autorreflexión de cómo quiere que sean esas últimas instrucciones.
Como sanitarias no os vamos a negar que es algo que nos produce un íntimo alivio al acompañar en los últimos momentos de vida a una persona cuando sabemos que el camino que está transitando es el que desea.

Cómo acceder

Os invitamos a que os metáis en la página de la Consejería para leer qué es con exactitud el documento de instrucciones previas y cómo acceder a él. Para facilitar el procedimiento, se han habilitado algunos centros de salud donde, con cita previa, se puede realizar de forma sencilla. En nuestra zona este servicio se proporciona en el Centro de Salud Ángela Uriarte.

Al pedir cita se da información al ciudadano, así como el documento a rellenar. También se dispone de documentos informativos para testigos de Jehová y el documento de la Asociación Morir dignamente para el que lo quiera incluir. Se puede acudir sin representantes y, en caso de tenerlos, solo hace falta traer los DNIs de los implicados y el correo electrónico.

Una vez cumplimentado y firmado, es enviado al registro oficial y, una vez registrado, se manda por correo ordinario al domicilio del otorgante con plazo máximo de tres meses. A partir de este momento, las instrucciones previas de este ciudadano se podrán consultar desde los hospitales de todo el territorio nacional.

Conviene aclarar que este documento puede ser modificado o revocado en cualquier momento que se desee.

Por último, decir que, aunque en las instrucciones previas queda reflejado si se desea ser donante de órganos, es conveniente entablar contacto con las diferentes asociaciones de trasplantes.

Es verdad que hablar de nuestra propia muerte, de cómo queremos transaccionar los últimos momentos de nuestra vida, nos incomoda en general mucho a las personas, pero hemos de tener en cuenta que todos tenemos un viaje más o menos parecido y ejercer el derecho a ser responsables de nuestra vida hasta el final es algo que nos aporta mucha libertad personal.

Es cierto que vivimos en una sociedad que no habla de la muerte, que la oculta. Tal vez deberíamos dar una vuelta a nuestros pensamientos para ver cómo tratamos un tema tan trascendente con nuestros niños y niñas.

Os invito a reflexionar sobre ello y, sobre todo, a que sepáis que hay una ley que nos puede facilitar si nosotros queremos esos últimos momentos.

El documento de instrucciones previas es algo que está ahí, que lo podemos usar si lo queremos, que es un derecho, no una obligación, y como vuestras enfermeras es nuestra obligación informaros de algo que existe y que podéis usar en base a vuestra estructura personal de valores y creencias.

Acompañaros en todas las etapas de la vida es nuestro propósito y la muerte no deja de ser la última parada de ese tren. De la mano de tu enfermera.

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.