Comienza el proceso para la protección de Peironcely, 10

El hispanista Ian Gibson lee la carta abierta a la presidenta de la CAM en el acto celebrado el 28 de octubre.
El hispanista Ian Gibson lee la carta abierta a la presidenta de la CAM en el acto celebrado el 28 de octubre.

PRENSA AYTO.

El área de Desarrollo Urbano Sostenible ha comenzado el expediente, en base al informe de la dirección general de Patrimonio Cultural, para incluir el edificio de viviendas situado en C/ Peironcely, 10 y fotografiado durante la Guerra Civil por Robert Capa, en el Catálogo de Elementos Protegidos del Plan General vigente. Una actuación que está encaminada, por primera vez en la ciudad, a proteger un inmueble no solo por sus características constructivas, sino por su valor inmaterial y como testimonio de la memoria histórica.

El proceso arrancó el 5 de diciembre de 2016, y en él se involucraron todas las instancias municipales competentes, que en hasta cinco ocasiones se han reunido en los últimos meses con la plataforma civil #SalvaPeironcely10, así como con diversas asociaciones de defensa del patrimonio y la memoria histórica. Como resultado de esta cooperación se adaptaron dos acuerdos, en primer lugar en el pleno del Distrito de Puente de Vallecas el 5 de julio de 2017, y el día 20 de ese mismo mes en el Pleno del ayuntamiento de Madrid, encaminados a establecer todas las acciones necesarias desde el área de gobierno competente para incorporar el edificio del número 10 de Peironcely al Catálogo de Bienes y Elementos Protegidos del Ayuntamiento. Además del innegable valor inmaterial, el edificio tiene cierto interés como ejemplo de una tipología residencial que, afortunadamente, ha dejado de producirse.

Complementariamente, en ese expediente se estudiará y propondrá, en su caso, la modificación del uso calificado y otras condiciones de ordenación que resulten incompatibles con la propuesta de protección. Está en preparación la preceptiva consulta ante las comisiones de Patrimonio.

Denegación de la licencia

Por otra parte, se ha denegado la licencia de demolición del edificio solicitada el 30 de junio de 2017 por su propietario, que el 9 de octubre presentó escrito en el que solicitaba que se le otorgara la citada licencia por silencio administrativo. La Junta Municipal denegó el otorgamiento de la licencia porque el interesado no presentó la documentación obligatoria: la garantía de gestión de residuos de construcción y demolición, la garantía general por posibles daños en la vía pública, la alineación oficial al tratarse de un edificio fuera de ordenación, la documentación relativa a la autorización del paso provisional de vehículos y la señalización y pasillo provisional para peatones.

Además, se ha procedido a suspender la tramitación de la licencia de obras de demolición al existir dos acuerdos para proteger el inmueble. Éstos son directamente ejecutivos y requieren que se adopten las medidas administrativas necesarias para dar cumplimiento a los mismos, en virtud del artículo 22.1.c) de la Ley de Procedimiento Administrativo Común.

 


Imagen: Distrito Puente de Vallecas.

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